PARA LOS QUE PREGUNTARON ASI QUEDO:
CLÁUSULA Nº 28
PROTECCION PARA HOSPITALIZACIÒN, CIRUGÌA Y MATERNIDAD (HCM)
El Ministerio del Poder Popular para la Educación acuerda , a partir de la homologación de la presente Convención Colectiva de Trabajo en instrumentar el Plan de Autogestión de Salud y Previsión, para las y los Trabajadores y Trabajadoras activos, jubilados y pensionados de la siguiente manera: aplicación a partir del 01 de Septiembre de 2013: Cobertura Titulares Hospitalización y Cirugía 25000 BsF. Cobertura afiliados beneficiarios Hospitalización y Cirugía 20000 BsF y una cobertura de 15000 BsF para Maternidad. Aplicación del 01 de Enero de 2014: cobertura inicial titulares Hospitalización y Cirugía de 25000 BsF con una cobertura por exceso luego de consumida la cobertura inicial hasta por un monto de 50000 BsF. Cobertura inicial afiliados beneficiarios Hospitalización y Cirugía 20000 BsF con una cobertura por exceso luego de consumida la cobertura inicial hasta por un monto de 40000 BsF y una cobertura de 15000 BsF para Maternidad. El IPASME de manera piloto en la unidad Don Simon Rodríguez (Caracas) y progresivamente a nivel nacional prestará servicio de atención primaria de salud en (APS) a los fines de fortalecer el sistema de salud de las y los Trabajadores de Educación.
Parágrafo Único: El Ministerio del Poder Popular para la Educación elaborará las normas de funcionamiento del presente plan y establecerá el baremo correspondiente.
Aprobada por las partes en el Acta del 02-10-2013)